El día 25 de octubre se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003 por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE.
Esta Directiva fija los principios por los que se regirá el mercado comunitario de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (aunque en una primera instancia se limitará a las emisiones de dióxido de carbono). Protocolo de Kyoto permite como herramienta para localizar las reducciones de emisiones de manera económicamente más eficiente y se espera a la aprobación de otras Directivas comunitarias que permitan enlazar dicho mecanismo con el resto de los llamados "mecanismos flexibles" contemplados en el tratado.
La situación española para lograr el cumplimiento de los objetivos asumidos en el seno de la Unión Europea es extremadamente complicada, puesto que presenta datos de emisiones muy superiores a sus objetivos y los datos tendenciales muestran un escenario que augura volúmenes de emisiones futuras aún más apartados de dichos objetivos.
Por tanto, el funcionamiento de estos mecanismos alternativos y complementarios resultará de especial importancia para España, además de las medidas propuestas en documentos en los que actualmente trabaja la Administración General del Estado como la Estrategia Española de Eficiencia Energética o la Estrategia Española de Cambio Climático.
Otros documentos relaccionados:
-El Protocolo de Kyoto y el Sector Industrial (CEPCO Especial Abril de 2003) -Comunicacion 2001/0245 (COD) Posición Común Directiva establecimiento Régimen de Comercio de Derechos de Emisión
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