En el concepto de prevención se integra el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Este conjunto de actividades y medidas se encuentra recogido en el marco normativo que a continuación se expone y que se constituye por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de Noviembre), sus disposiciones de desarrollo o complementarias, y cuantas otras normas legales o convencionales contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral.
El marco normativo de la prevención en España parte directamente de la Constitución española, que en su artículo 40.2 encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo.
Desde el punto de vista externo, la presencia de España en la Unión Europea conlleva la necesidad de armonizar nuestra política con las directrices comunitarias en esta materia, así la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, transpone al Derecho español la Directiva "Marco" (Directiva 89/391/CEE), relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores, que contiene el marco jurídico general en el que opera la política de prevención comunitaria. Al mismo tiempo se incorporan disposiciones de otras directivas relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes, y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporales, de duración determinada, y en empresas de trabajo temporal.
Además, la Ley incorpora el contenido del Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por España, sobre Seguridad y Salud de los trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo.
Desde el punto de vista interno, esta nueva regulación trata de poner fin a la falta de visión unitaria de la normativa anterior, dispersa y fruto de la acumulación en el tiempo de normas de distinto rango, algunas de ellas preconstitucionales, regulando además situaciones nuevas no contempladas con anterioridad.
Ver el Desarrollo Reglamentario de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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