Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas
La nueva relación de materiales básicos amplía los materiales incluidos en las fórmulas adecuando a la estructura real de coste de los distintos contratos y excluyendo de la relación la mano de obra, cuyo coste no ha de incluirse en las fórmulas en virtud de lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Contratos del Sector Público. Así entre los materiales básicos se procede a incluir los siguientes:
‐ Focos y luminarias (F),
‐ Plantas (O),
‐ Productos asfálticos (P),
‐ Áridos y rocas (R),
‐ Materiales electrónicos (T),
‐ Vidrio (V),
‐ Materiales explosivos (X).
La entrada en vigor de las fórmulas contenidas en este Real Decreto tendrá lugar el próximo 26 de diciembre, estableciéndose como régimen transitorio que aquellos contratos cuyos procedimientos de adjudicación ya se hubieran iniciado a la entrada en vigor de la presente disposición se sujetarán a las fórmulas polinómicas anteriores. Además hasta que no se disponga de todas las series estadísticas de precios necesarias para la elaboración de los índices de algunos de los nuevos materiales básicos se utilizará en su sustitución el Índice de Precios Industriales del Instituto Nacional de Estadística.
Por último se procede a derogar expresamente las anteriores fórmulas tipo contenidas en:
‐ Decreto 3650/1970, 19 de diciembre,
‐ Decreto 2341/1975, de 22 de agosto,
‐ Real Decreto 2167/1981, de 20 de agosto,
‐ Orden 78/1994, del Ministerio de Defensa, de 26 de julio.
Fuente: CNC
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