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Plan de Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado
10/02/10

Resolución de 14 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009, por el que se aprueba el Plan de Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado.

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Este Plan considera que en el sector de edificios públicos existe un importante potencial de ahorro de energía, exigiéndosele a la Administración que cumpla un papel ejemplar en la aplicación de medidas de ahorro y eficiencia energética.

El Plan establece un objetivo de ahorro energético para todos los edificios de la Administración General del Estado del 20% a alcanzar en 2016, e inicialmente la intención es conseguir que 330 centros consumidores de energía pertenecientes a la Administración reduzcan s consumo en los términos establecidos. El Plan está dirigido a edificios, o agrupación de edificios, con una superficie total superior a 30.000 m2 y una facturación energética y de mantenimiento de las instalaciones consumidora de energía superior a 400.000 euros/año.

Este Plan pretende la promoción de las Empresas de Servicios Energéticos (ESE), entendidas como aquéllas que mejoran la eficiencia energética de los edificios, recuperando las inversiones a través de los ahorros energéticos conseguidos y que han quedado expresamente establecidas en el Artículo 102 del Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible presentado al Consejo de Ministros el pasado 27 de noviembre.

Para la gestión del Plan, la Ley de Contratos del Sector Público ofrece el contrato de colaboración público privada cuya singularidad lo hace especialmente adecuado para convertirse en el marco jurídico en el que se desarrolle este contrato de gestión integral de los servicios energéticos de los edificios públicos; además la Junta Consultiva de Contratación Administrativa ha analizado los modelos de documento descriptivo de contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado y el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Por último, para facilitar la contratación, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa hará público en el plazo de tres meses un pliego tipo de documento descriptivo y de programa funcional que se podrá utilizar para realizar la contratación de los servicios energéticos y prestará asesoramiento a los Ministerios en esta materia.

Fuente: CNC

 


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