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Aprobada la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009
15/04/07

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de Abril una nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas para España, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2009.

La clasificación de actividades económicas se elabora con el objetivo de poder clasificar las empresas y los establecimientos de un país en categorías homogéneas, lo que permite analizar así la economía de un país por sectores.

La actual Clasificación Nacional está vigente desde 1993, por lo que el Instituto Nacional de Estadística ha procedido a una revisión de la clasificación de actividades, de forma coordinada en el ámbito mundial y de la Unión Europea, para adaptarla a los profundos cambios tecnológicos y económicos que se han producido, así como a la globalización de la economía y para poder contar con lenguajes estadísticos comunes que garanticen la comparabilidad internacional de la información estadística.

Al adecuarse a la realidad actual, la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas supone un impulso por modernizar la producción de las estadísticas nacionales y es un elemento indispensable para garantizar la calidad de la información estadística.

En los trabajos de elaboración el Instituto Nacional de Estadística ha contado con la colaboración de los servicios estadísticos de los diferentes Ministerios, de las Comunidades Autónomas, diferentes organizaciones y asociaciones sindicales, patronales y empresariales, y usuarios de la clasificación en general.

Con la finalidad de que todos los agentes del sistema estadístico oficial puedan adecuar sus sistemas estadísticos de forma coordinada ha sido necesario que la nueva clasificación se apruebe en el primer semestre de 2007.

El CNAE-2009 se aplicará a partir del 1 de enero de 2009, salvo que haya alguna normativa en la legislación comunitaria que estipule otra fecha en algún ámbito estadístico. Además se señala expresamente que el CNAE-2009 incluye:
a) Un primer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código alfabético (secciones).
b) Un segundo nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de dos cifras (divisiones).
c) Un tercer nivel consistente en rúbricas identificadas mediante un código numérico de tres cifras (grupos), y
d) Un cuarto nivel consistente en rúbricas identificas mediante un código numérico de cuatro cifras (clases).

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda


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