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Aplicación obligatoria de los Documentos Básicos del CTE: DB-HE, DB-SI y DB-SU
29/09/06

Después de varios meses de aplicación voluntaria, a partir de hoy pasan a ser de aplicación obligatoria los  tres Documentos Básicos del CTE: "Documento Básico HE Ahorro de Energía", "Documento Básico SI Seguridad en caso de Incendio" y "Documento Básico SU Seguridad de utilización".

La aprobación del CTE en marzo de 2006 comprendía un periodo de aplicación voluntaria de doce meses, excepto en los preceptos referentes a la seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización y ahorro energético, donde el margen se establecía en seis meses. Por tanto, mañana serán de aplicación obligatoria tres Documentos Básicos. El resto en marzo de 2007.

Ahorro de energía (DB-HE)

El objetivo es conseguir un uso racional de la energía necesaria para la construcción y la optimización en el uso de los edificios, reduciendo su consumo energético, limitando las emisiones de dióxido de carbono y utilizando energías renovables.

A partir de hoy de septiembre es obligatorio incorporar criterios de eficiencia energética y la aplicación de energía solar, térmica o fotovoltaica en los nuevos edificios o en aquellos que se vayan a rehabilitar. El Documento Básico que lo regula contiene varias exigencias energéticas básicas:

1.-Limitación de la demanda energética

Con este documento se regula la envolvente térmica de los edificios que tendrán que estar diseñados y construidos para limitar su demanda, conseguir su bienestar térmico en función del clima, uso, aislamiento, aberturas, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar.

2.-Rendimiento de las instalaciones térmicas:

Para contribuir a paliar los efectos contaminantes de las edificaciones el CTE fija los requisitos mínimos de eficiencia energética que deben cumplir las instalaciones térmicas y un procedimiento de inspección periódica de calderas y de los sistemas de aire acondicionado.

3.-Eficiencia energética en las instalaciones de iluminación:

El CTE obliga a verificar el valor de la eficiencia energética por zonas y actividad no pudiendo superar los valores límite, previstas en el CTE. Además, deberá existir un plan de mantenimiento en el proyecto que incluya las operaciones de reposición, la limpieza de luminarias y tendrá en cuenta los sistemas de regulación y control.

4.-Contribución solar mínima:

En este documento se establece la obligatoriedad de incorporar una instalación solar térmica para la producción de un porcentaje de agua caliente sanitaria establecido entre el 30 y el 70% en función del emplazamiento del edificio y del consumo previsto.

Además el CTE establece la obligatoriedad de incorporar una instalación solar fotovoltaica en los edificios del sector terciario. La potencia se establece en función del emplazamiento del edificio, de su uso y de su tamaño.

Reducción del riesgo frente a incendios (DB-SI)

El Documento Básico de Seguridad en caso de incendio, que también es de aplicación obligatoria a partir de hoy, introduce avances técnicos en materia de protección contra incendios permitiendo el uso de las técnicas de ingeniería del fuego. Como los demás documentos, regula varias exigencias.

1.- Propagación interior: 

EL Documento de Seguridad en caso de Incendio establece las pautas de compartimentación en sectores de incendio para cada tipo de edificio, según su uso y destino, así como la resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan estos sectores.

También, este capítulo clasifica las zonas de riesgo de los edificios y las condiciones de reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario de los mismos.

2.-Propagación exterior:

Se establece la distancia entre fachadas y medianerías con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio ya sea entre dos edificios o en el mismo. Además se delimita la resistencia al fuego de las cubiertas para evitar el riesgo de propagación del incendio a los edificios colindantes.

También se regulan los espacios de maniobras en función de la altura de evacuación y se establece una franja mínima de 25 metros separando la zona edificada de masas forestales para impedir que los fuegos forestales puedan incidir sobre las viviendas.

3.-Evacuación:

El CTE repercutirá también en la evacuación de los edificios en el caso de que se produzca un incendio, de modo que determina cómo serán las dimensiones y características de las salidas de emergencia y los recorridos de evacuación en función del uso de los edificios. Además determina una serie de pautas para calcular estas dimensiones situándose siempre en la hipótesis más desfavorable: capacidad de evacuación de las escaleras, dimensión de pasillos, etc. El Documento prevé además sistemas para el control del humo en edificios de gran complejidad.

4.- Detección, control y extinción del incendio:

Los edificios deberán disponer los elementos básicos, equipos e instalaciones, para hacer posible la detección, control y extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a todos los ocupantes. Además se marcan las condiciones para facilitar la intervención de los equipos de extinción y rescate: espacio de maniobra entorno al edificio, altura de evacuación, accesibilidad por fachadas mediante la construcción de huecos que permitan el acceso desde el exterior, etc.

El Documento también incluye una serie de cálculos para determinar la resistencia al fuego de la estructura del edificio, que deberá mantenerse en condiciones adecuadas hasta asegurar la seguridad de los edificios del entorno y la satisfactoria evacuación de sus ocupantes.

Reducción de riesgos por el uso normal del edificio (DB-SU)

El tercer Documento Básico de aplicación obligatoria a partir de hoy es el de Seguridad de Utilización que se centra en la prevención y reducción de los riesgos de accidente de los usuarios más frecuentes en los edificios durante su uso habitual.

1.-Evitar caídas:

La aplicación del CTE, en este sentido, obligará a modificar determinadas pautas de diseño que venían traduciéndose en riesgos cada vez mayores para los usuarios de los edificios. Habrá que tener en cuenta que el material del suelo sea adecuado, no puede ser igual para las zonas interiores del edificio, zonas secas por lo general, que en el exterior donde el ciudadano puede pisar aceite de coches o agua de lluvia.

Para eliminar el riesgo de caídas además el DB de Seguridad de Utilización obliga a instalar barreras de protección en desniveles, huecos o aberturas, (ventanas y balcones por ejemplo) que en ningún caso puedan ser escaladas o atravesadas por niños.

Las rampas son objeto de atención también en el CTE estableciendo las pendientes máximas y limitándolas en función del tramo a recorrer si están destinadas a usuarios de sillas de ruedas. Respecto a las escaleras, el DB establece pormenorizadamente las condiciones de diseño y las dimensiones de los peldaños, pasamanos y descansillos, deteniéndose en aquellas ubicadas en centros infantiles o de mayores de modo que se les facilite su subida o bajada.

El DB de Seguridad de Utilización también regula en los acristalamientos de los edificios estableciendo una serie de pautas que contribuyan a la seguridad de las personas que se encargan de su limpieza, ya se interior o exterior.

2.-Evitar impactos o atrapamientos:

Este DB pauta la altura mínima en la que situar los elementos fijos de los edificios que sobresalen de la fachada y se encuentran en zonas de paso, pero también que las puertas de vaivén tengan elementos transparentes de modo que permitan percibir si se acerca otra persona.

En zonas de paso habitual se tendrá en cuenta también la resistencia de los acristalamientos y su rotura segura en caso de impacto. Asimismo dispone las condiciones para evitar quedar atrapados el interior de los recintos mediante la instalación de puertas con desbloqueo desde el exterior y adaptar los mecanismos de apertura y cierre a usuarios con sillas de ruedas.

3.-Alumbrado:

Para evitar situaciones de pánico y permitir la visibilidad de las señales de salidas de emergencia, el DB de Seguridad de Utilización asegura la disposición de alumbrado de emergencia en: aseos públicos, recorridos de evacuación o recintos con ocupación de más de cien personas. El Código también se preocupa por establecer las condiciones de seguridad de los espectadores en gradas de pie de centros deportivos, centros culturales, etc. de más de 3.000 plazas.

4.-Aparcamientos:

El DB de aplicación obligatoria a partir de hoy dedica establece la obligatoriedad de que al menos exista un acceso peatonal independiente de 80 cm como mínimo de anchura y protegido por barreras.

5.-Protección frente a la acción de los rayos:

El DB se Seguridad de Utilización de los edificios reserva un capítulo a los riesgos de impacto de rayos en los edificios. Proporciona un mapa de país en el que se pueden observar las densidades de impactos sobre el terreno y una serie de pautas que determinan en qué edificios se deben instalar elementos de protección frente a este fenómeno atmosférico.


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