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La Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una orden circular que define los criterios para calcular la huella de carbono consecuencia de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) provenientes de la construcción y/o rehabilitación de firmes, con el fin de impulsar la utilización de técnicas de construcción más sostenibles.
Esta orden se enmarca en el Plan de Descarbonización de la Dirección General de Carreteras 2021-2030, que tiene el objetivo de reducir un 50% las emisiones para el año 2030 respecto a las de 2021. Dicho plan se encuentra actualmente en proceso de redacción.
Esta norma recoge una serie de criterios y consideraciones como primer paso para el cálculo de la huella de carbono, que se realiza en las dos primeras etapas dentro del proceso de instalación de firmes:
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La primera etapa, correspondiente a la “etapa de producto”, corresponde a la fase de suministro y transporte de materias primas y fabricación de los materiales que compondrán el firme o la explanada
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La segunda etapa, “de proceso de construcción”, corresponde a la fase de transporte y puesta en obra del firme.
Además, a través de la presente orden se pretende impulsar el empleo de técnicas de construcción más sostenibles y respetuosas con el medio ambiente que permitan reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Así, se establece, por ejemplo, la obligatoriedad de la priorización de técnicas de mezclas semicaliente. Y es que las mezclas bituminosas “semicalientes” se fabrican a temperaturas más bajas que las mezclas tradicionales y esto, entre otras ventajas, hace que se necesite menos energía para calentar los materiales, permitiendo una reducción no solo de los costes de producción, sino también de las emisiones y, por tanto, de la huella de carbono.
Por último, en la orden se establece que será preceptivo el cálculo de la huella de carbono de las etapas “producto” y “proceso de construcción” empleando la presente orden para aquellos proyectos de firmes que afecten a una superficie igual o superior a 10.000 m2.
Huella de Carbono
Se denomina “Huella de Carbono” (HC) al indicador ambiental que intenta reflejar la totalidad de las emisiones directas e indirectas de GEI liberadas a la atmósfera como consecuencia de una actividad, ya que el CO2 es la unidad universal de medida del potencial de calentamiento atmosférico. La metodología empleada para su cálculo es el GHG Protocol (Greenhouse Gas Protocol Corporate Standard), el cual establece tres tipos de emisiones, que en el ámbito que nos ocupa serían las siguientes:
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Emisiones de alcance 1: emisiones directas de GEI procedentes de fuentes que son propiedad o están controladas por la DCG (en este caso se incluyen las emisiones de las instalaciones y la flota de vehículos de la DGC).
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Emisiones de alcance 2: emisiones indirectas de GEI debidas a la generación de la electricidad consumida por la DGC, como por ejemplo el consumo eléctrico de las instalaciones de alumbrado de las carreteras a cielo abierto o de los túneles.
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Emisiones de alcance 3: otras emisiones indirectas, entre las que se incluye, las emisiones que están fuera del control operacional de la DGC debido a su externalización. Dentro de este grupo se incluyen las actividades de construcción y las de conservación de la Red de Carreteras del Estado ejecutadas por empresas externas y dirigidas por la DGC.
Avances de la DGC
La DGC licitó un contrato de servicios de consultoría y asistencia técnica para el cálculo de la huella de carbono y la elaboración del Plan de Descarbonización 2021-2030 de la DGC. A través de dicho contrato, actualmente en ejecución, se está cuantificando la huella de carbono de los alcances 1 y 2 en su totalidad, y de una parte de las emisiones del alcance 3; correspondiente a dos ámbitos:
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Las emisiones generadas por las actividades de conservación y explotación ordinarias, tales como reposición de señales, siega, y desbroce de los márgenes de la carretera, reposición de señales…etc; llevadas a cabo desde los distintos sectores de conservación y explotación (sectores COEX).
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Los desplazamientos de los trabajadores de la DGC.
Sin embargo, la cuantificación completa de las emisiones del alcance 3 es un proceso complejo, ya que aparte de calcular la huella de carbono de las actividades citadas, sería necesario calcular la huella de carbono del resto de obras de la DGC. Teniendo en cuenta que la casuística y circunstancias de las obras es muy variada, se ha decidido calcular en primer lugar las emisiones de las actuaciones de firmes y/o explanadas de nueva construcción y/o rehabilitación; teniendo en cuenta que ambos son activos de gran importancia en todas las actuaciones de esta dirección general.
Fuente: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
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