La Comisión Europea ha aprobado las normas que regirán la implementación del Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM) durante su fase de transición, que comienza el 1 de octubre de este año y se extenderá hasta finales de 2025.
El Reglamento de Ejecución publicado detalla las obligaciones transitorias de presentación de informes para los importadores de productos CBAM de la UE, así como la metodología transitoria para calcular las emisiones incorporadas liberadas durante el proceso de producción de productos CBAM.
En la fase de transición del CBAM, los comerciantes sólo tendrán que informar sobre las emisiones contenidas en sus importaciones sujetas al mecanismo sin pagar ningún ajuste financiero. Esto dará tiempo suficiente para que las empresas se preparen de manera predecible, al tiempo que permitirá que la metodología definitiva se afine para 2026.
Para ayudar tanto a los importadores como a los productores de terceros países, la Comisión también publicó hoy una guía para los importadores de la UE y las instalaciones fuera de la UE sobre la implementación práctica de las nuevas normas. Al mismo tiempo, se están desarrollando herramientas informáticas específicas para ayudar a los importadores a realizar e informar estos cálculos, así como materiales de capacitación, seminarios web y tutoriales para ayudar a las empresas cuando comience el mecanismo de transición. Si bien se pedirá a los importadores que recopilen datos del cuarto trimestre a partir del 1 de octubre de 2023, su primer informe solo deberá presentarse antes del 31 de enero de 2024.
Antes de su adopción por la Comisión, el Reglamento de Ejecución fue sometido a una consulta pública y posteriormente fue aprobado por el Comité CBAM, compuesto por representantes de los Estados miembros de la UE. Uno de los pilares centrales de la ambiciosa Agenda Fit for 55 de la UE, CBAM es la herramienta de la UE para luchar contra la fuga de carbono.
La fuga de carbono se produce cuando las empresas con sede en la UE trasladan su producción intensiva en carbono al extranjero para aprovechar estándares más bajos, o cuando los productos de la UE son reemplazados por importaciones más intensivas en carbono, lo que a su vez socava nuestra acción climática.
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