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Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos.
Con esta modificación, el número de empresas potenciales beneficiarias pasarían de las 612 actuales, según datos de Red Eléctrica, a las 1.180 entidades. Asimismo, se han introducido cambios, cabe destacar los siguientes:
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Se amplía el catálogo de sectores que pueden acogerse a las ayudas, como las industrias extractivas y manufactureras
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Se modifica a la baja el valor de la intensidad de uso de la electricidad, fijándolo en el 5% en lugar del 10% anterior (cociente entre consumo anual eléctrico y valor añadido bruto debe superar 0,25 kWh/€ vs 1,5 kWh/€ originales).
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Se distinguen dos tipos de sectores que pueden acceder a estas ayudas: sectores “en riesgo significativo” de deslocalización y sectores “en riesgo” de deslocalización. La intensidad de ayuda máxima para los sectores “en riesgo significativo” de deslocalización se mantiene en el 85% de los costes subvencionables, mientras que para los sectores “en riesgo” es del 75%.
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El nuevo requisito de consumo de energía en valle se fija en el 46%, menos exigente que el 50% anterior.
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Fuente: CEOE
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