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Real Decreto 427/2021, de 15 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Este Real Decreto supone la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la conocida como “segunda oleada” de modificación de la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.
Con esta modificación normativa se incluyen dentro del listado de cancerígenos diferentes agentes, algunos con valor límite y entre los que se encuentran:
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Aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor.
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Emisiones de motores diésel, incluye medidas transitorias, aplicando los valores límite a partir de febrero de 2023, excepto para la minería subterránea y la construcción de túneles en las que el valor límite se aplicará a partir de 21 de febrero de 2026.
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