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La Asociación Nacional de Fabricantes de Hormigón (ANEFHOP) informa de que, tras 8 años de contienda judicial, finalmente la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una Sentencia, que ha devenido firme, por la que condena a la mercantil COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A. a retirar de sus contratos presentes y futuros todas aquellas condiciones de pago que vulneren la legislación de lucha contra la morosidad.
Concretamente, condena a eliminar de sus contratos o pedidos de suministro de hormigón todas aquellas condiciones relativas al plazo de pago que supongan:
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Establecer plazos de pago que superen los 60 días naturales, debido a que ese es el plazo máximo legal.
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Establecer que el plazo de pago empieza a correr desde la fecha de la factura y no desde la entrega del producto, tal y como marca la ley.
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Establecer que los plazos de vencimiento y, por tanto, de pago de las facturas, se limiten a unos días determinados de cada mes, puesto que eso es de facto un alargamiento añadido del plazo, proscrito expresamente por la ley, que establece que los plazos se contarán por días naturales.
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Y, finalmente también, aquellas condiciones que establecen que los plazos de pago cuyo vencimiento se produzca durante el mes de agosto sea trasladado automáticamente al mes de septiembre (en caso de que ello suponga ampliar el plazo de pago por encima de los 60 días, por el mismo motivo anterior).
Esta nueva resolución judicial, que se viene a sumar a las ya existentes del propio Tribunal Supremo, coincide prácticamente en el tiempo con la entrada en el Congreso de los Diputados de una Proposición de Ley para dotar de un régimen sancionador a la Ley de Lucha contra la Morosidad, con el fin de perseguir y multar este tipo de prácticas indeseadas.
Esperamos, por tanto, desde ANEFHOP que todas estas medidas sirvan para desterrar de nuestra economía en general y del sector de la construcción en particular el excesivo diferimiento de los pagos, que genera una dinámica claramente inflacionaria y que aboca a los suministradores de productos de construcción a tener que asumir graves riesgos -incrementados todavía más si cabe en estos momentos de crisis- de impago a causa de insolvencias sobrevenidas o concursos de acreedores.
Fuente: ANEFHOP
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